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Nacionales

Emiten ley que garantiza defensa de los derechos humanos durante cuarentena

Los funcionarios públicos, agentes de autoridad, autoridad pública y empleados públicos, durante la emergencia, deberán respetar y proteger los derechos humanos de los salvadoreños, por lo que se les prohíbe detener a personas y llevarlas a centros de internamiento sanitario forzoso.

De acuerdo al objeto de la ley, la defensa de los derechos humanos deberá apegarse a la Constitución de la República, las leyes, tratados internacionales, reglamentos, protocolos, jurisprudencia y resoluciones dictadas por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, atinentes a la pandemia en mención.

Garantía de derechos humanos

Durante la vigencia de la ley, los salvadoreños conservarán sus derechos y garantías fundamentales, especialmente, el derecho al libre tránsito cuando fuere necesario para ir al trabajo, abastecerse de alimentos, agua potable, compra de medicamentos, tratamientos médicos, operaciones bancarias o brindar ayuda a un familiar en caso urgente y necesidad, enfermedad grave o fallecimiento.

Además, será inviolable la morada dentro del marco constitucional, únicamente podrán ser retenidas para efectos de eventual sometimiento a cuarentena o internamiento sanitario forzoso, en centros de contención o centro hospitalario, aquellas personas a quienes se les compruebe objetivamente que presentan síntomas de enfermedades por COVID-19, estando en cuarentena, se tendrá derecho a ser informados de su estado de salud, procedimientos médicos practicados y sus resultados, derecho a trato digno y adecuado en centros de contención, así como atención especial si padece alguna enfermedad crónica.

Asimismo, será un derecho ingresar al país por los aeropuertos, puertos, aduanas o puntos fronterizos legalmente habilitados para tal efecto, quienes podrán ser sometidos a medidas individualizadas de cuarentena o según el caso.

Prohibiciones a los funcionarios y empleados públicos

Los funcionarios públicos, agentes de autoridad, autoridad pública y empleados públicos, durante la emergencia, deberán respetar y proteger los derechos humanos de los salvadoreños, por lo que se les prohíbe detener a personas y llevarlas a centros de internamiento sanitario forzoso, cuarentena, confinamiento, aislamiento, contención, delegaciones policiales o centros penales como forma de sanción o castigo por incumplir la cuarentena domiciliaria; también se prohíbe decomisar vehículos automotores o cualquier otro tipo de derechos patrimoniales de las personas.

Por otra parte, no podrán promover en forma pública estados de sitio, toque de queda o restricciones no contempladas en la ley; detener a personas por no usar mascarillas, guantes o cualquier otra indumentaria en la vía pública, y exhibir a personas detenidas ante los medios de comunicación por no cumplir la cuarentena domiciliaria, así como atarlos, esposarlos o realizar tratos humillantes o degradantes por tal motivo, entre otros.

Cuarentenas domiciliares y no domiciliares serán obligatorias

La obligatoriedad de cumplir cualquier tipo de cuarentena permanecerá durante el período de emergencia nacional, quienes se rehúsen a cumplir con la cuarentena obligatoria no domiciliaria serán conducidos a atender la misma sin perjuicio de la responsabilidad penal o administrativa a que hubiere lugar.

La duración máxima de la cuarentena o confinamiento sanitario forzoso no domiciliario no podrá durar más de 24 días, salvo que las autoridades de salud dispongan un plazo diferente, el cual deberá ser debidamente justificado.

Sanciones e Infracciones

Se constituirán infracciones leves las acciones de omisión de no explicar a la autoridad, los motivos de su estancia o circulación en la vía pública, salvo que por motivos de discapacidad no pudiere, salir de la cuarentena domiciliar por motivos distintos a los ya mencionados, permanecer en calles, esquinas, pasajes o sitios de tránsito público, barrios, colonias, comunidades, cantones, caseríos o ciudades sin ningún motivo.

Por otra parte, el transitar en la vía pública en estado de ebriedad -si condujere vehículo automotor, se le aplicarán las normas previstas a la ley de transporte-, dar falsa información sobre estancia o circulación en la vía pública a las autoridades, proporcionar una dirección falsa de su vivienda, e insultar o irrespetar a la autoridad, serán consideradas como infracciones graves.

En ese sentido, las infracciones leves serán sancionadas con multas entre un mínimo de $25 hasta un máximo de $150; y las infracciones graves tendrán un castigo económico mínimo de hasta $150.01 hasta un máximo de $300.

Los infractores de la ley, podrán pagar la multa o solicitar la conversión de esta por trabajo de utilidad pública, ya sea limpieza de parques, calles, plazas o lugares públicos, oficios varios que no requieran adiestramiento previo en hospitales públicos o unidades de salud, y colaboración en proyectos de beneficio a la comunidad realizados por las alcaldías municipales.

La normativa se emite tras la resolución HC 148-2020 de la Sala de lo Constitucional, mediante la cual se ordenaron medidas cautelares respecto a la detención de personas que transitaban en las calles y que fueron llevadas a centros de contención; al respecto, se exhortó al Legislativo y al Ministerio de Salud a regular con urgencia las medidas limitadoras de la libertad física derivadas de la grave situación de emergencia por la pandemia del COVID-19.

Según la resolución, esta norma debía estipular que la población salvadoreña está obligada a cumplir con las disposiciones de las autoridades dirigidas a prevenir o controlar la propagación de la enfermedad causada por el COVID-19 y las conductas irresponsables que pongan en peligro la eficacia de este objetivo legítimo del Gobierno puede ser respondidas de modo enérgico, incluso con limitaciones intensas de derechos, pero solo dentro del marco de la Constitución, con la justificación razonable del caso, conforme a un procedimiento determinado y sujeto al control judicial (habeas corpus y otras vías disponibles)

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Nacionales

Google abre oficinas en El Salvador

Después de varios meses a la expectativa, la empresa multinacional estadounidense de tecnología, Google, oficialmente abrió sus oficinas en El Salvador.

“Hoy Google y El Salvador comienzan un viaje en conjunto para modernizar este país”, señaló el presidente Google Cloud Latinoamérica, Eduardo López, durante la ceremonia de inauguración. El Gobierno de El Salvador y la empresa de tecnología firmaron un contrato para la prestación de servicios.

Sosteniendo que estas acciones son “un hito para nosotros porque estamos abriendo las oficinas de Google aquí en El Salvador. Presidente, cuente con nosotros para continuar nuestras relaciones a largo plazo”, agregó.

En la actividad de inauguración estuvo presente Nayib Bukele, presidente electo.

El pasado 29 de agosto de 2023 Google Cloud anunció que la empresa planeaba establecer operaciones en El Salvador, mismo día en que oficializó las redes sociales de Facebook y X para ello.

Google Cloud y el gobierno sostienen un acuerdo de siete años para apoyar al país con el uso de la herramienta de almacenaje de datos para el área del Órgano Ejecutivo.

Asimismo, la herramienta de la Nube Digital aseguró que podrían ofrecer orientación técnica a empresas y organizaciones sobre cómo lograr los mayores beneficios de la tecnología y las innovaciones.

“Ustedes saben los grandes retos que hemos tenido en salud. Con el tiempo vamos a seguir desarrollando nuevas aplicaciones y nuevas tecnologías para el sistema de salud pública”, señaló Bukele durante el acto.

Manifestó que la empresa ha empezado diferentes planes de acción orientados al sector educación y salud.

El funcionario recientemente reelecto argumentó que “con el tiempo vamos a convertirnos en el país más competitivo en tecnología. Ya hemos iniciado y creceremos aún más”.

El mandatario aseguró que con la aprobación de la Ley de fomento e innovación el país se volverá más competitivo en el tiempo, así mismo en los próximos días se lanzarán el censo nacional, catastro y un sistema de permisos serán sumados a las modificaciones al sistema aduanero, portuaria, salud y educación.

El acuerdo incluye un elemento de ciberseguridad y acceso a conectividad 5g.

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Nacionales

Así quedaría la Asamblea Legislativa según resultados de TSE

De 60 diputados de la Asamblea Legislativa para el periodo 2024-2027, 54 escaños han sido ganados por el partido Nuevas Ideas, obteniendo la mayoría calificada; 2 diputados para el PCN; ARENA con 2; PDC con 1; y el partido VAMOS con 1 diputado, confirmó el magistrado del TSE, Noel Orellana.

La distribución quedaría de la siguiente manera:

Diputados DEPARTAMENTO Marcas Partido
WALTER ALEMAN La Libertad 85395 NI
SHARON SALAZAR La Libertad 81969 NI
RICARDO RIVAS La Libertad 78590 NI
SALVADOR CHACON La Libertad 76737 NI
SANDRA INTERIANO La Libertad 67806 NI
NORMA LOBO La Libertad 67026 NI
FRANCISCO LIRA La Libertad 19145 Arena
HERBERTH SIERRA Ahuachapán 46701 NI
ESTUARDO RODRIGUEZ Ahuachapán 35441 NI
SERAFÍN ORANTES Ahuachapán 31543 PCN
FELIPE INTERIANO Santa Ana 80449 NI
LORENA FUENTES Santa Ana 76037 NI
GIOVANNY ZALDAÑA Santa Ana 67306 NI
CLAUDIA TOLEDO Santa Ana 57625 NI
EVELYN MERLOS Santa Ana 53923 NI
SAMUEL MARTINEZ Sonsonate 66708 NI
HECTOR SALES Sonsonate 59131 NI
MAURICIO ORTIZ Sonsonate 49041 NI
RAUL CHAMAGUA Sonsonate 48911 NI
DAVID CUPIDO Sonsonate 40979 NI
SAUL MANCIA Chalatenango 19282 NI
REYNALDO CARDOZA Chalatenango 26563 PCN
JANNETH MOLINA Cuscatlán 38595 NI
JONATHAN HERNANDEZ Cuscatlán 33919 NI
WALTER COTO La Paz 48819 NI
ADOLFO RIVAS La Paz 34091 NI
HERBERT RODAS La Paz 30290 NI
FRANK MENJIVAR Cabañas 15771 NI
NANCY ALFARO Cabañas 15464 NI
EDGAR FUENTES San Vicente 21310 NI
HELEN JOVEL San Vicente 18976 NI
JOHANA HERNANDEZ Usulután 40021 NI
ANGEL LOBOS Usulután 37915 NI
RAUL CASTILLO Usulután 33997 NI
MARICELA DE GUARDADO Usulután 28487 NI
EDUARDO AMAYA San Miguel 52041 NI
CALEB NAVARRO San Miguel 42593 NI
ERICK ROMERO San Miguel 42415 NI
ANDRES MIRANDA San Miguel 39207 NI
REINALDO ALCIDES CARBALLO CARBALLO San Miguel 45288 PDC
BLADIMIR BARAHONA Morazán 21896 NI
JUAN RODRIGUEZ Morazán 19577 NI
WILLIAM SORIANO La Unión 40354 NI
OSCAR ROBLES La Unión 23999 NI
ERNESTO CASTRO San Salvador 193381 NI
ALEXIA RIVAS San Salvador 169268 NI
SUECY CALLEJAS San Salvador 163875 NI
RODRIGO AYALA San Salvador 146327 NI
CHRISTIAN GUEVARA San Salvador 140795 NI
DANIA GONZALEZ San Salvador 130180 NI
ELISA ROSALES San Salvador 128504 NI
ANA FIGUEROA San Salvador 126065 NI
EDGARDO MULATO San Salvador 124316 NI
DENNIS SALINAS San Salvador 120986 NI
RUBEN FLORES San Salvador 120888 NI
FRANCISCO VILLATORO San Salvador 116440 NI
DIANA FUENTES San Salvador 115318 NI
BENJAMIN ZAVALETA San Salvador 115082 NI
CLAUDIA ORTIZ San Salvador 65264 Vamos
MARCELA VILLATORO San Salvador 36066 Arena

 

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Nacionales

Joven deberá permanecer 19 años en internamiento por haber extorsionado a un comerciante

La Fiscalía General de la República (FGR) logró que a una menor infractora de 16 años de edad, se le dictarán 19 años de internamiento por haber extorsionado a un comerciante de Lourdes Colón, La Libertad.

Según las investigaciones de la FGR, el 25 de mayo de este año, la adolescente y otros terroristas, en nombre de la pandilla 18 Revolucionarios, llegaron al negocio de la víctima para exigirle el pago mensual de $200 dólares, y le advirtieron que de no entregarlos lo matarían a él y a su familia.

Ante las amenazas, y por temor a que las cumplieran, el ofendido interpuso la denuncia y con el apoyo de las autoridades se montó un operativo de entrega controlada de dinero. En el momento que la víctima entregó el dinero, se identificó al menor y fue capturado en flagrancia.

Por esas acciones, el Tribunal Primero Contra el Crimen Organizado de San Salvador declaró responsable a la adolescente, imponiéndole seis años con seis meses de internamiento por el delito de extorsión y doce años seis meses por el delito de agrupaciones ilícitas.

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